28.8.18

Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y su Impacto al Regimen Municipal.

Actualmente los Gobiernos Locales por los servicios que prestan, imponen tasas y precios que se fijan tomando en consideración su costo más un diez por ciento (10%) de utilidad para desarrollarlos.  Una vez fijados, entran en vigencia treinta días después de su publicación en La Gaceta. Los usuarios de estos servicios por lo general deben pagar por: los servicios de alumbrado público, limpieza de vías públicas, recolección separada, transporte, valorización, tratamiento y disposición final adecuada de los residuos ordinarios, mantenimiento de parques y zonas verdes, servicio de policía municipal, servicio de acueducto, vigilancia electrónica dentro de su territorio y cualquier otro servicio municipal urbano o no urbano; en el tanto se presten, aunque ellos no demuestren interés en tales servicios (Código Municipal Artículo 83).  ¿Qué pasara con los Gobiernos Locales cuando se apruebe el Expediente 20580 en la Asamblea Legislativa?.

Les pido tomar el tiempo de leer las letras que encontraran en https://issuu.com/juriscucho/docs/golpemunicipal y pensar sobre el asunto.

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