8.4.25

De la Inmunidad al Juicio: Anatomía del Proceso Penal contra el Presidente

Cuando una persona presenta una denuncia penal contra quien ejerce la Presidencia de la República, debe activarse un procedimiento jurisdiccional y político de carácter excepcional, cuyas reglas se encuentran contenidas en normas de rango constitucional, legal y reglamentario, destinadas a armonizar el respeto al principio de legalidad con la salvaguarda institucional de la jefatura del Poder Ejecutivo. Tal proceso no puede regirse por los cauces ordinarios del enjuiciamiento penal, en razón del fuero especial que reviste al Presidente de la República, cuya eventual responsabilidad penal debe ser evaluada mediante un sistema reforzado de garantías,...

Reglamentar no es Administrar: Separación de Funciones en el Colegio de Abogados

En virtud del ordenamiento jurídico costarricense, específicamente conforme a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica N° 13, resulta imperativo delimitar las competencias orgánicas en materia reglamentaria dentro de dicha corporación profesional. El presente análisis jurídico aborda de manera exhaustiva la interrogante sobre si la Junta Directiva posee o no competencia para modificar los reglamentos institucionales.La estructura organizativa del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica se encuentra definida en el artículo 5° de su Ley Orgánica, el cual establece que: "El Colegio ejerce sus funciones por medio de Juntas...

La Hacienda Pública no lo abarca todo: competencia fiscalizadora de la Contraloría General sobre el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica

El ordenamiento jurídico costarricense —con su característica sistematización normativa y axiológica— ha establecido un régimen de fiscalización y control sobre la Hacienda Pública, designando a la Contraloría General de la República como el órgano rector en esta materia. La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley N° 7428) establece, en su artículo 4°, que "La Contraloría General de la República ejercerá su competencia sobre todos los entes y órganos que integran la Hacienda Pública"; señalando, adicionalmente, que tendrá competencia facultativa sobre "los entes públicos no estatales de cualquier tipo" y "los sujetos privados,...

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