La modalidad de pago “a
destajo” está referida a la forma de retribución salarial; como lo autoriza el numeral 166 del Código de Trabajo, que permite
pagar el salario por unidad de tiempo (mes, quincena, semana, día u hora); por
pieza, por tarea o a destajo; en dinero; en dinero y en especie; y por
participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono. El
trabajo a destajo, también denominado por unidad de obra, consiste en un
sistema por el cual se calcula la retribución directa con el rendimiento del
trabajador; es decir, el salario no es fijo, varía según el esfuerzo que el
trabajador realiza y el resultado que obtiene, aumentando o disminuyendo de
acuerdo con la cantidad de piezas producidas por el trabajador en un tiempo
dado. Así, dicho a modo de ejemplo, por cada pieza se asigna una retribución
fija y la cantidad de unidades producidas durante la jornada multiplicadas por
esa base remuneratoria, constituye el salario diario (CABANELLAS (Guillermo)
Compendio de Derecho Laboral, Tomo I, Bibliográfica OMEBA, Editores Libreros,
Buenos Aires, 1968, pp. 596-597). Un
aspecto medular de los trabajadores que perciben su salario a destajo, lo es no
tener que cumplir necesariamente con una jornada ordinaria específica, sino con
la producción que logren en la misma, pues es justamente lo que va a generar un
mejor ingreso. Lo anterior, no significa
que estos trabajadores laboren sin limitación de jornada, pues en el caso de
que sobrepasen los límites máximos de la jornada ordinaria legalmente
establecida o convenida, se les debe reconocer como jornada extraordinaria, el
consecuente pago de un 50% más de los salarios mínimos o de los superiores a
éstos que se hubieren estipulado, según los términos del artículo 139 del Código
de Trabajo (DAJ-AE-071-13
14 de marzo del 2013 MTSS).
Los trabajadores que
perciben su salario a destajo, cuentan con la posibilidad de trabajar menos
horas diarias de las que comprende la jornada ordinaria legamente establecida,
lo que no necesariamente tiene que darse en todos los casos, pero el patrono
debe asegurarle que el mayor esfuerzo dado, la dedicación y la experiencia le
generarán un mayor ingreso en la jornada completa contratada. Para pagar de forma correcta el autor Ernesto
Krotoschin, al referirse a la forma de calcular el salario a destajo, refiere
que éste se obtiene del promedio entre la ganancia obtenida de una pieza
producida, ya sea en una hora o por día y el tiempo que un trabajador a tiempo
normal necesita para terminar una pieza (Krotoschin, Ernesto. Tratado Práctico
de Derecho del Trabajo, Tomo I, editorial Depalma, Buenos Aires, Argentina,
pág. 254).
Todas las
características citadas no hacen que el trabajador con una forma de pago a
destajo, deba ser considerado de forma diferente a los trabajadores que
trabajan a tiempo normal, en el sentido de que los primeros son igualmente
trabajadores por tiempo indefinido con los derechos laborales correspondientes,
pero con una forma de pago diferente
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