El
expediente administrativo puede ser definido como el conjunto ordenado de
documentos y actuaciones que sirven de antecedente o fundamento para el acierto
de la resolución administrativa, así como las diligencias orientadas a ejecutarla.  Se forma por la agregación sucesiva de
documentos, pruebas y actuaciones.   Debe
ser aportado por la administración pública al proceso contencioso
administrativo, cuando así lo imponga el ordenamiento jurídico, mediante copia
certificada, debidamente identificado, foliado, completo y en estricto orden
cronológico.  El expediente
administrativo es un documento público que hace plena prueba de lo que
manifiesta y es la referencia esencial de lo que ha hecho la Administración. Si
se aporta incompleto se aplica el numeral 55 CPCA.  El acceso a dicho expediente debe ser irrestricto.



 




 







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