2.2.23

La imposibilidad de que un reglamento vaya más allá de la ley que reglamenta. ChatGPT al ver el reglamento a la Ley 10159.

La imposibilidad de que un reglamento vaya más allá de la ley que reglamenta es un principio reconocido en la doctrina jurídica de diferentes países, incluyendo Costa Rica, España, Colombia y Argentina. La ley general de la administración pública en Costa Rica, así como los trabajos de juristas costarricenses como Luis Paulino Mora, Mario Alberto Fernández y Ángela María Acosta, destacan la importancia de este principio.

Este principio también es reconocido por juristas de otros países como Gustavo Zagrebelsky, Enrique Sánchez Cahuana y Marcelo Sancinetti. Además, el jurista español Enrique Sánchez Cahuana afirma: "El reglamento debe ser un instrumento de ejecución de la ley, pero no puede ir más allá de ella. Este es un principio fundamental de derecho administrativo que garantiza la protección de los derechos de los ciudadanos y la seguridad jurídica".

Asimismo, el jurista Español Eduardo García de Enterría afirma en su obra "Derecho Administrativo" que "Los reglamentos no pueden ir más allá de las disposiciones legales que reglamentan, ya que la reglamentación tiene un carácter de ejecución de la ley y no de creación normativa".

En conclusión, la imposibilidad de que un reglamento vaya más allá de la ley que reglamenta es un principio fundamental del derecho administrativo reconocido por la doctrina jurídica en diferentes países, incluyendo Costa Rica, España, Colombia y Argentina. Este principio es representado por destacados juristas como Luis Paulino Mora, Mario Alberto Fernández, Ángela María Acosta, Gustavo Zagrebelsky, Enrique Sánchez Cahuana, Marcelo Sancinetti y Eduardo García de Enterría.

Este principio garantiza la seguridad jurídica y protege los derechos de los ciudadanos, ya que los reglamentos son instrumentos de ejecución de la ley y no de creación normativa. La ley general de la administración pública en Costa Rica también refleja la importancia de este principio.

Como señala el jurista Ernesto Jinesta Lobo: "Los reglamentos tienen por función desarrollar la ley, no ampliarla ni restringirla. Su objeto no es crear derechos ni imponer obligaciones, sino hacer posible la ejecución de las normas establecidas por el legislador".

La imposibilidad de que un reglamento vaya más allá de la ley que reglamenta es una garantía para la estabilidad jurídica y un elemento crucial en la protección de los derechos de los ciudadanos. Por lo tanto, es importante que se respete y aplique adecuadamente en la práctica.

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