7.1.18

Pequeñas Citas Jurisprudenciales N°18. Importancia del Manual Descriptivo de Puestos.

"De esta forma, resulta contradictorio y a su vez, violatorio del citado principio que funcionarios como el actor que no reunían las condiciones académicas personales indispensables… fuera designado para el ejercicio de un determinado cargo que tenía esas exigencias, lo cual constituye una clara inobservancia del ordenamiento jurídico. Llama la atención de esta Sala, que dentro de la Administración Pública se presenten casos como el que aquí se conoce, de prácticas irregulares en la asignación de funciones a empleados que -personal o académicamente- no reúnen los presupuestos contemplados por el Manual de Puestos para el perfil del cargo, lo cual resulta atentatorio del principio de idoneidad que informa el ordenamiento administrativo, cuya principal finalidad -elevada al más alto rango por los constituyentes- es la correcta satisfacción de las necesidades de la colectividad, según se desprende de los numerales 191 y 192 de la Constitución Política (véase las sentencias de esta Sala n°s 879 de las 9:40 horas, del 10 de octubre y 691 de las 10:35 horas, del 20 de agosto; ambas de 2008; 860 de las 10:45 horas, del 2 de setiembre de 2009; 510 de las 8:34 horas, del 9 de abril de 2010 y 208 de las 10:20 horas, del 2 de marzo de 2011, Sentencia 00893 del 30/06/2017 Sala Segunda de la Corte)".

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