29.9.18

La Modalidad de Pago a Destajo.


La modalidad de pago “a destajo” está referida a la forma de retribución salarial; como lo autoriza el numeral 166 del Código de Trabajo, que permite pagar el salario por unidad de tiempo (mes, quincena, semana, día u hora); por pieza, por tarea o a destajo; en dinero; en dinero y en especie; y por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono. El trabajo a destajo, también denominado por unidad de obra, consiste en un sistema por el cual se calcula la retribución directa con el rendimiento del trabajador; es decir, el salario no es fijo, varía según el esfuerzo que el trabajador realiza y el resultado que obtiene, aumentando o disminuyendo de acuerdo con la cantidad de piezas producidas por el trabajador en un tiempo dado. Así, dicho a modo de ejemplo, por cada pieza se asigna una retribución fija y la cantidad de unidades producidas durante la jornada multiplicadas por esa base remuneratoria, constituye el salario diario (CABANELLAS (Guillermo) Compendio de Derecho Laboral, Tomo I, Bibliográfica OMEBA, Editores Libreros, Buenos Aires, 1968, pp. 596-597).  Un aspecto medular de los trabajadores que perciben su salario a destajo, lo es no tener que cumplir necesariamente con una jornada ordinaria específica, sino con la producción que logren en la misma, pues es justamente lo que va a generar un mejor ingreso.  Lo anterior, no significa que estos trabajadores laboren sin limitación de jornada, pues en el caso de que sobrepasen los límites máximos de la jornada ordinaria legalmente establecida o convenida, se les debe reconocer como jornada extraordinaria, el consecuente pago de un 50% más de los salarios mínimos o de los superiores a éstos que se hubieren estipulado, según los términos del artículo 139 del Código de Trabajo (DAJ-AE-071-13 14 de marzo del 2013 MTSS). 

Los trabajadores que perciben su salario a destajo, cuentan con la posibilidad de trabajar menos horas diarias de las que comprende la jornada ordinaria legamente establecida, lo que no necesariamente tiene que darse en todos los casos, pero el patrono debe asegurarle que el mayor esfuerzo dado, la dedicación y la experiencia le generarán un mayor ingreso en la jornada completa contratada.  Para pagar de forma correcta el autor Ernesto Krotoschin, al referirse a la forma de calcular el salario a destajo, refiere que éste se obtiene del promedio entre la ganancia obtenida de una pieza producida, ya sea en una hora o por día y el tiempo que un trabajador a tiempo normal necesita para terminar una pieza (Krotoschin, Ernesto. Tratado Práctico de Derecho del Trabajo, Tomo I, editorial Depalma, Buenos Aires, Argentina, pág. 254).

Todas las características citadas no hacen que el trabajador con una forma de pago a destajo, deba ser considerado de forma diferente a los trabajadores que trabajan a tiempo normal, en el sentido de que los primeros son igualmente trabajadores por tiempo indefinido con los derechos laborales correspondientes, pero con una forma de pago diferente

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