Por un escriba del tiempo
Muchos
años. Demasiados, dirán algunos. Los suficientes para entender que la humanidad
no aprende, diría yo. He visto caer regímenes que se creían eternos. En diez
años. Cinco, a veces. Revoluciones que prometían el paraíso crearon infiernos
burocráticos. Y en cada época, lo mismo: gobernantes escribiendo leyes sobre
justicia social como si acabaran de descubrir el agua tibia.
No
descubren nada. Los profetas hebreos ya lo dijeron. Hace tres milenios.
El
Estado de bienestar que armaron después de 1945 —cuando Europa era un campo de
escombros y los muertos se contaban por millones— no inventó nada. Tradujo.
Puso en lenguaje burocrático algo que estaba en Levítico 19:9-10. Cambia el
vocabulario. La estructura es la misma de siempre.
Porque
las Escrituras hebreas nunca fueron solo teología. Eran código legal. Duro.
Levítico 19:9-10 no sugería al agricultor que "considerara"
dejar algo para los pobres si le quedaba tiempo después de sus negocios. Lo
ordenaba. Las orillas del campo, sin tocar. Las espigas que caen, ahí quedan. Las uvas que ruedan, no las recojas (Watch Tower Bible
and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
¿Y por
qué? Porque tenían dueño. El extranjero. El huérfano. La viuda. Un derecho, no
caridad. Deuteronomio 24:19-21 machacó esto hasta el hastío. ¿Olvidaste
una gavilla en el campo? Pues mala suerte para ti, ya no es tuya. Sacudiste el
olivo, lo que quedó pertenece a otro. Recogiste uvas, las demás tienen dueño
(Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
Farge
Collazos (2007) escribiría siglos más tarde sobre "una serie de
disposiciones legales que dan derecho a los ciudadanos a percibir prestaciones
de seguridad social obligatoria". Correcto. Pero la legislación mosaica no
confiaba en la generosidad voluntaria del rico. Lo obligaba. El pobre tenía un
derecho exigible sobre tu cosecha. Tú tenías un deber. Punto.
El
Salmo 82:3-4 transformó ese mandato económico en función estatal directa.
"Defiendan al desfavorecido y al huérfano. Háganles justicia al
desamparado y al indigente" (Watch Tower Bible and Tract Society of
Pennsylvania, 2019).
La
autoridad pública tenía que moverse. Actuar. La justicia como abstracción
filosófica no servía. Necesitabas intervención del Estado. Real. Concreta.
Luego
Jeremías presenció el colapso. El final de Judá. Vio cómo generaciones de
gobernantes ignoraron estos mandatos y el reino se desmoronó. Jeremías
22:3-5 es clarísimo: "Defiendan la justicia y la rectitud. Libren a
las víctimas de robo de las manos de los estafadores. No maltraten a ningún
residente extranjero y no le hagan daño a ningún huérfano ni a ninguna
viuda" (Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
Si
obedeces esto, los reyes seguirán entrando en carros por las puertas del
palacio. Si no, "esta casa se convertirá en un lugar devastado"
(Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
No es
poesía. Es historia documentada.
Ningún
Estado sobrevive cuando traiciona sistemáticamente a sus vulnerables. He visto
esto repetirse. Una y otra vez. La estabilidad se construye sobre justicia
social o no se construye sobre nada.
Amós
2:6-7 fue más directo, casi grosero: "vendieron al justo a cambio de
plata y al pobre a cambio de un par de sandalias. Pisotean la cabeza de los
pobres contra el polvo de la tierra" (Watch Tower Bible and Tract Society
of Pennsylvania, 2019).
Cuando
tu gobierno te explota en vez de protegerte, se acabó su legitimidad. Cero. La
maldición de Deuteronomio 27:19 caía pesada sobre quien negara justicia
"al residente extranjero, al huérfano de padre y a la viuda" (Watch
Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
Ahora
demos un salto. Veinticinco siglos hacia adelante.
Costa
Rica, Sala Constitucional, resolución 10515-2015. Dice que el Estado busca
"el mayor bienestar para todos los habitantes del país" basándose en
"la solidaridad social, la promoción de la justicia social y la
prohibición de discriminaciones" (Sala Constitucional, 2015). No mencionan
a Jeremías. Claro que no. Pero repiten su lógica palabra por palabra. Hablan de
"una política permanente de solidaridad nacional con asidero en el
principio cristiano de justicia social" (Sala Constitucional, 2015).
¿Lo
ven? Del profeta al tribunal. Misma idea. Distinto traje.
La
Constitución costarricense reconoce "derechos prestacionales relativos a
la protección de la familia, los trabajadores, sectores vulnerables de la
población, la educación, el ambiente" (Sala Constitucional, 2015). No son
favores. Son obligaciones exigibles que el Estado debe cumplir. Como aquella
porción de cosecha levítica reservada para el huérfano. Idéntico principio.
Distinta época.
La
resolución 03548-2020 se enfoca en "los niños, a las madres, al anciano y
personas desvalidas" y su necesidad de "una relevante y obligada
intervención estatal" (Sala Constitucional, 2020).
Obligada.
La palabra clave.
El
Tribunal Contencioso Administrativo definió el "deber dual" del
Estado: crear las leyes y después "respetar y hacer respetar" esos
derechos (Tribunal Contencioso Administrativo, 2015). Porque crear leyes sin
ejecutarlas es teatro. Pura pantomima.
Farge
Collazos (2007) identificó cuatro pilares del Estado de bienestar posterior a
la Segunda Guerra: pleno empleo como objetivo, servicios sociales para todos,
nivel mínimo de vida asegurado, administración racionalizada.
Cada
pilar tiene ancestro bíblico. Cada uno.
Las
espigas olvidadas en el campo significaban trabajo disponible. Quien quisiera
recogerlas podía hacerlo. Podía comer. Deuteronomio 24:19-21 conectaba el
cumplimiento de estas normas con bendición sobre el trabajo del propietario
(Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019). La protección del
vulnerable traía prosperidad colectiva. No era altruismo. Era construcción
social inteligente.
Universalidad.
Extranjero, huérfano, viuda. La trilogía se repite constantemente. Sin
evaluación de méritos. Sin condiciones de comportamiento. Sin burocracia
investigando tu vida. Eres vulnerable, tienes derecho. Así de simple. La Torá
lo establecía como provisión pública universal.
El
nivel mínimo de vida: distribución obligatoria. Jeremías 22:3 exigía
"librar a las víctimas de robo de las manos de los estafadores"
(Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019). Entendía algo que
muchos economistas modernos niegan: la pobreza extrema casi siempre nace de
explotación organizada, no de pereza individual.
Y la
centralización administrativa. Salmos 82:3-4 y Jeremías
22:3 ordenaban a las autoridades "defender" y "hacer
justicia" (Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania, 2019).
Acción estatal directa. La norma bella escrita en pergamino no alimenta a
nadie.
Los
orígenes del Estado de bienestar son, según Farge Collazos (2007), "muy
entremezclados y heterogéneos: desde fuentes socialistas hasta católicos
conservadores".
Por
supuesto. El mandato bíblico de proteger al vulnerable no pertenece a ningún
partido político. Es fundamento de cualquier sociedad que aspire a llamarse
justa. Izquierda, derecha, centro. Da igual. O proteges a tus vulnerables o te
desmoronas. Historia pura.
La
Sala Constitucional vinculó esto directamente con "el principio cristiano
de justicia social" (Sala Constitucional, 2015). No están imponiendo
religión. Reconocen genealogía histórica. Las democracias occidentales no
sacaron la justicia social de un sombrero mágico en 1945. La heredaron de
tradiciones religiosas milenarias. La secularizaron. La convirtieron en derecho
positivo ejecutable.
Jeremías
lo dijo claro: abandona a los desamparados y tu palacio será ruinas.
El
siglo XX demostró que tenía razón. Países que permitieron miseria masiva,
exclusión total, explotación sin freno, terminaron en revoluciones sangrientas.
Dictaduras brutales. Guerras que mataron millones. El Estado de bienestar
apareció después del desastre. Reconocimiento tardío —muy tardío— de algo que
los profetas gritaban hace tres mil años: sin justicia distributiva real no
existe estabilidad social duradera.
He
visto el auge. También la erosión. El consenso de posguerra se desmorona.
Crisis fiscales. Cambios demográficos. Migraciones. Y sobre todo: cambios
ideológicos. Resurgen discursos viejos sobre condicionar ayuda al mérito
personal. Sobre privatizar servicios antes públicos. Sobre cuestionar la
solidaridad como principio social vinculante.
Los
textos antiguos y las sentencias modernas coinciden: si abandonas a tus
vulnerables, abandonas tu estabilidad. El agricultor que cosecha hasta la
última espiga, que recoge todo, que no deja nada para el extranjero, rompe algo
más profundo que un mandato religioso. Destruye la cohesión social misma.
La
Sala Constitucional entiende que el Estado Social de Derecho "no está
constreñido a la Administración, sino que se extiende a toda la comunidad
nacional, pues se trata de una regla fundamental de la convivencia
ciudadana" (Sala Constitucional, 2015).
Jeremías
22:3-5 usó otras palabras: el destino del palacio depende de tu justicia
hacia el huérfano y la viuda. Mismo mensaje. Distinto vocabulario.
Las
formas cambiaron. Ahora hay prestaciones sociales en vez de gavillas olvidadas
en campos. Sistemas de salud pública en vez de aceitunas que nadie recogió del
árbol. Seguros de desempleo en vez de uvas dispersas (Seguro de desempleo QUE
TEMA).
Pero
el principio es idéntico.
Una
sociedad se mide —se define— por cómo trata a quienes la fortuna, el mercado o
la estructura social colocaron en posición vulnerable. No por sus discursos.
Por sus actos hacia los débiles.
La
maldición de Deuteronomio 27:19 resuena: maldito quien niegue justicia al
extranjero, al huérfano, a la viuda.
No es
superstición de pastores antiguos. Es observación histórica verificable. Las
democracias que olvidan esto descubrirán, exactamente como Judá, que ninguna
institución sobrevive traicionando su razón fundamental de existir: proteger a
todos sus habitantes. Todos. Especialmente los desamparados.
He
vivido años. He visto demasiado.
No
creo que esta vez será distinto.
Referencias
Farge
Collazos, C. (2007). El Estado de bienestar. Enfoques, 19(1-2),
45-54. https://biblat.unam.mx/hevila/EnfoquesLaPlata/2007/no1-2/4.pdf
Sala
Constitucional. (2015). Resolución N° 10515-2015.
Sala
Constitucional. (2017). Resolución N° 11212-2017.
Sala
Constitucional. (2020). Resolución N° 03548-2020.
Tribunal
Contencioso Administrativo, Sección VI. (2015). Resolución N° 100-2015.
Watch Tower Bible and Tract Society of Pennsylvania. (2019). La
Biblia. Traducción del Nuevo Mundo (edición de estudio). https://www.jw.org/es/biblioteca/biblia/biblia-estudio/libros/
0 comentarios:
Publicar un comentario
Siempre es bien recibida una opinión