1.8.22

Comentario al Expediente 23260. Reforma del párrafo primero constitucional del articulo 138 para variar el porcentaje que define el candidato ganador en la papeleta presidencial.

El Diputado Gilberth Jiménez Siles presenta el expediente 23260 en el cual propone “Artículo Único: Para que se reforme el párrafo primero del artículo 138 de la Constitución Política y se lea como sigue: “Artículo 138. El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos simultáneamente y por una mayoría de votos que exceda el veinte por ciento del número total de sufragios válidamente emitidos. “ […]”.  Justifica su proyecto concluyendo “Vale la pena destacar que esto representaría un fortalecimiento al modelo democrático del país, para darle resultado o dar por terminado, los comicios en una primera ronda electoral a partir que esta reforma constitucional sea aprobada”.   Además de recurrir a la viaja confiable del ahorro de dinero “… contribuiría primeramente al ahorro de recursos que ascienden a más de 3.000 millones de colones, que sería el costo promedio de una segunda ronda; y segundo, el poder proyectar esos recursos en otro tipo de proyectos, llámese vivienda, otorgamiento de becas y un sin número de programas e inversiones que se verían beneficiadas por ese rubro que ya no tendría una asignación específica …”.  Ahora bien ¿Porqué tenemos un cociente de cuarenta por ciento en nuestra Constitución? Obviamente las actas de la Asamblea Constituyente nos dan la respuesta a una iniciativa tan temeraria que ni al constituyente más temerario se le ocurrió.  Es menester señalar que los Constituyentes no eran amantes de segundas rondas que en palabras del Diputado CHACON JINESTA “… nunca en Costa Rica se habían efectuado” y es por esto que el Representante ARIAS BONILLA dijo “… se deba hacer todo lo indispensable para alejar la posibilidad de una segunda elección … Tal vez para alejar esa posibilidad, se podría rebajar el cociente a un 30 o un 35 por ciento”.  El Diputado, ESQUIVEL expresó que no tenía ningún inconveniente en que se redujera el cupo, a efecto de impedir una segunda elección, por las dificultades que traía.  Sin embargo, la mayoría de los Constituyentes respondieron que consideraban peligrosa tal propuesta y que en el caso de que uno de los candidatos no obtenga el cupo necesario, es preferible ir a una segunda elección.  De nuevo intervino en el debate el señor ARIAS para referirse al asunto en discusión “… cuando sólo existían dos candidatos, no había ningún problema, pero la situación se complica cuando son más de dos los candidatos. La Constitución del 71 establecía primero que cuando ninguno de los candidatos había alcanzado por lo menos el 50 por ciento de los sufragios emitidos, le correspondía al Congreso la elección de Presidente entre los dos candidatos que hubiesen obtenido el mayor número de votos, con el propósito de evitar una segunda elección … Se comprendió, entonces, que el sistema era imperfecto, razón por la cual vino la reforma constitucional del año 26, en la que se estableció un cociente del 50 por ciento y si ninguno de los candidatos lo alcanzaba, se realizaría una segunda elección … Para evitar nuevas dificultades, la reforma constitucional del año 36 rebajó el cociente a un 40 por ciento”. Terminó diciendo que se había referido a estos antecedentes históricos para demostrar la gravedad del problema y la necesidad de adoptar un sistema lo más perfecto, pues en el futuro el problema se agravaría pues el número de candidatos será siempre mayor de dos.  Ahora bien, es de resaltar la intervención del Diputado LEIVA que se opuso a que el cociente se bajara del 40 por ciento, pues no se puede concebir que un Presidente llegue al poder apenas con un 30 por ciento del electorado “… Si esto ocurre, es un hecho que no podrá gobernar, ya que no cuenta ni con la tercera parte del electorado” a lo que el Diputado CHACON JINESTA manifestó que lo democrático era establecer un cociente mínimo del 50 por ciento, para que el candidato triunfante gobierne realmente con una mayoría, que es lo conveniente en un régimen democrático.

Es claro que nuestros constituyentes pensaron -acertadamente añado- que lo ideal es que la persona que triunfase en primera ronda contase con legitimación popular y ante intenciones de bajar en aquel momento a un impensable treinta por ciento la mayoría fue tajante en cuanto a su rechazo.  Por lo que me uno a @MayGrosser “Estos 16 despachos tienen en conjunto unas 96 plazas de asesores (aprox.) y entre todas esas personas la genial idea que proponen el primer día de sesiones ordinarias es reducir a la mitad el mínimo electoral para ganar la presidencia” 

Sumamente lamentable, pero viendo el proponente del proyecto, más que comprensible.


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