19.8.23

Pequeñas Citas Jurisprudenciales Nº 89. El Derecho de la Constitución.

Introducción

La comprensión de la naturaleza y el alcance del Derecho de la Constitución es fundamental en el estudio del derecho constitucional. La Sala Constitucional, a través de la Resolución Nº 9281 de 1999[1], ofrece una descripción significativa del Derecho de la Constitución, destacando su estructura y sentido axiológico. Esta definición brinda una perspectiva que será objeto de nuestro análisis.

Estructura del Derecho de la Constitución

Estado de Derecho y Estado Social de Derecho

La estructura del Derecho de la Constitución se inicia con el reconocimiento del Estado de Derecho y el Estado Social de Derecho. Esto establece un marco legal en el cual todas las entidades, incluyendo el propio Estado, están sujetas a la ley. La inclusión del Estado Social de Derecho añade una dimensión social y económica, asegurando que la justicia y el bienestar social sean partes integrales de la estructura legal.

Régimen Constitucional

El régimen constitucional es un componente esencial de la estructura, estableciendo la forma y la naturaleza del gobierno. Esto incluye la separación de poderes, la forma de gobierno, y los mecanismos para la protección de los derechos y libertades fundamentales.

Sentido Axiológico del Derecho de la Constitución

Democracia, Libertad e Igualdad

El sentido axiológico del Derecho de la Constitución se refleja en su profundo compromiso con los valores de la democracia, la libertad y la igualdad. Estos no son meros adornos en la estructura legal, sino que son fundamentales para su interpretación y aplicación.

Democracia

La democracia en el contexto del Derecho de la Constitución refleja un compromiso con la participación ciudadana y la representación. Es un reconocimiento de la dignidad de cada individuo y de su derecho a tener una voz en la gobernación. La democracia requiere no solo el sufragio universal y elecciones libres y justas, sino también la participación activa de los ciudadanos en todos los niveles de gobierno. Esto incluye el acceso a la información, la transparencia en la toma de decisiones, y la responsabilidad y rendición de cuentas de los gobernantes.

Libertad

La libertad, como valor fundamental en el Derecho de la Constitución, subraya la autonomía individual y colectiva. Esto se traduce en el derecho a pensar, expresarse y actuar sin interferencia indebida. La libertad no es solo un derecho individual; también implica la libertad de asociación, de culto y de elección. En el contexto constitucional, la libertad está equilibrada con las responsabilidades y obligaciones hacia la sociedad y el Estado, y está sujeta a restricciones que protegen los derechos y libertades de los demás.

Igualdad

La igualdad es el principio de tratar a todos los ciudadanos con justicia y equidad, sin discriminación por motivos de raza, género, religión, origen social o cualquier otra categoría. En el contexto del Derecho de la Constitución, esto significa igualdad ante la ley y una protección igual de la ley. La igualdad también puede requerir medidas afirmativas o de discriminación positiva para corregir desequilibrios históricos o sociales y garantizar que todos tengan las mismas oportunidades y beneficios.

Derecho Internacional y Derechos Humanos

El sentido axiológico del Derecho de la Constitución no se limita a la jurisdicción nacional; también tiene una dimensión internacional. La referencia a los instrumentos internacionales de derechos humanos en la Resolución Nº 9281 destaca la obligación del Estado de adherirse a los estándares y principios internacionales en materia de derechos humanos.

Esto implica un compromiso con tratados y convenios internacionales que protegen los derechos humanos y promueven la justicia social, económica y cultural. La integración del derecho internacional en la constitución nacional es una afirmación de la interdependencia global y del compromiso del Estado con los valores universales de la humanidad.

Conclusión

Los valores de democracia, libertad e igualdad, así como el compromiso con el derecho internacional y los derechos humanos, constituyen pilares fundamentales en la comprensión del Derecho de la Constitución según la Sala Constitucional, Resolución Nº 9281 de 1999. Lejos de ser conceptos abstractos o meramente teóricos, estos principios axiológicos son vitales para entender cómo la Constitución opera no solo como un documento legal, sino como un contrato social vivo que guía e informa la vida política, social y económica de la nación.

La democracia, en este marco, no es solo un sistema de gobierno, sino una filosofía que enfatiza la dignidad y la participación de cada ciudadano. La libertad, más allá de un derecho individual, es una responsabilidad compartida que promueve la autonomía colectiva dentro de un marco de respeto y tolerancia. La igualdad va más allá de la mera formalidad legal, buscando una justicia sustantiva que reconozca y aborde las desigualdades históricas y sociales.

Además, el reconocimiento y la incorporación de los estándares y principios internacionales en materia de derechos humanos reflejan una comprensión moderna y cosmopolita del Estado y su papel en la comunidad global. Este compromiso no solo fortalece la protección de los derechos humanos dentro de las fronteras nacionales, sino que también conecta a la nación con una comunidad internacional más amplia que comparte valores universales y aspiraciones comunes.

En conjunto, la Resolución Nº 9281 de 1999 ofrece una visión rica y multifacética del Derecho de la Constitución, una que invita a una reflexión continua y a un compromiso activo con los valores y principios que defiende. Es una fuente inestimable de conocimiento e inspiración que puede y debe guiar a juristas, legisladores, académicos y ciudadanos en su búsqueda de una sociedad justa, libre e igualitaria, integrada y respetuosa con la comunidad global. La interpretación y aplicación de estos principios son cruciales para el desarrollo legal y social, y representan un compromiso inquebrantable con los ideales más elevados de la humanidad.

 



[1] "El Derecho de la Constitución está conformado por una estructura y sentido axiológico que derivan de los valores de las normas y principios constitucionales, tales como los conceptos de Estado de Derecho, Estado Social de Derecho, régimen constitucional, democracia, libertad e igualdad, y del Derecho Internacional, concretamente de lo dispuesto en los instrumentos de derechos humanos, a los cuales deben sujetarse las normas y actuaciones del Estado (Sala Constitucional, Resolución Nº 9281 1999)".

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