“… debemos entender el traslado individual sometido a importantes restricciones: el trabajador puede tener exigencias muy respetables tales como razones de familia, de salud y de estudio, o simplemente un interés grandísimo en no dejar su lugar originario de trabajo. La principal de estas restricciones es la de que el traslado debe realizarse en condiciones tales que concilien los intereses legítimos del empleador y del empleado; es decir, que si el traslado es una necesidad para el primero no debe constituir un desmedido gravamen para el segundo”. (CARRO ZÚÑIGA, Carlos y CARRO HERNÁNDEZ, Adriana. Derecho Laboral Costarricense. Cincuenta ensayos sobre temas usuales. San José, Editorial Juritexto, Tomo I, 1993, p. 33).
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